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Los 10 mitos detrás de una franquicia.

Escrito por Francisco Lobato Galindo | fecha: 25 Enero 2010 | Sección: En boca de | Imprimir Imprimir |
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Existen diez mitos que todos aquellos interesados en adquirir una franquicia, deben considerar antes de tomar una decisión.
Son diversas las razones por las que una persona desea iniciar un negocio; pero la principal es, por supuesto, para incrementar sus ingresos económicos y acceder a un mejor nivel de vida. Sin embargo, muchas personas no se animan a emprender con esta idea por el riesgo implícito, básicamente; temen perder los recursos económicos invertidos.

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La franquicia puede ser una excelente opción para las personas que desean emprender un negocio disminuyendo ese riesgo, ya que idealmente una franquicia se sustenta en un modelo de negocios totalmente probado, y transfiere su experiencia y mejores prácticas a sus franquiciatarios mediante capacitación continua y asistencia técnica, pero; ¿esto es realmente cierto?

En materia de franquicias los extremos son contrastantes; por un lado, marcas que han encontrado en este sistema de negocios, una fórmula de crecimiento extraordinario que ha generado riqueza y prosperidad para todos sus integrantes, pero por el otro; existen múltiples historias de fracasos, cierres, sistemas disfuncionales y fraudes. Todo depende de la calidad de cada empresa franquiciante, así que conocer y entender cómo funciona el sistema de franquicias es fundamental antes de tomar cualquier decisión.

Existen 10 mitos muy arraigados, que lamentablemente llevan a las personas interesadas en adquirir franquicias a cometer graves errores y a continuación los voy a explicar:

MITO #1 “Quiero ser mi propio jefe”
En un sistema de franquicias, el Franquiciatario - aún cuando es quien realiza la totalidad de las inversiones, para la instalación y puesta en marcha del negocio-, no es su propio jefe y no puede tomar decisiones importantes; está obligado contractualmente a seguir las indicaciones y recomendaciones que le haga el franquiciante (que a la sazón, no es ni su socio ni su jefe).

Esto es válido, ya que idealmente es el franquiciante quien, con base en su experiencia y éxito, puede guiar por el “camino seguro” a sus franquiciatarios. Los problemas se originan cuando el franquiciante no entiende bien los límites de sus funciones y se extralimita con sus franquiciatarios.

MITO #2 “Quiero tener mi propio negocio”
Una de las razones más comentada que entre aquellos que desean adquirir una franquicia es; “porque quiero tener mi propio negocio” y la franquicia es justamente lo opuesto. El contrato de franquicia tiene una vigencia y una fecha de término (tal vez a los 5, 10 ó 20 años) ¿se ha puesto a pensar que pasa cuando termina la franquicia? Generalmente ocurrirá que usted tendrá la obligación contractual de cerrar el negocio, ó transferirlo a un tercero que sea aceptado por el franquiciante ó bien, venderlo al franquiciante. Si el contrato de franquicia que firmó contenía además un acuerdo de no competencia, no podrá usted por el plazo previamente establecido constituirse en un competidor del franquiciante, es decir; no podrá dedicarse a una actividad similar a la que realizaba cuando era Franquiciatario.

Debe entonces comprender con claridad un concepto; su patrimonio no lo constituye la propiedad del negocio franquiciado, sino la explotación comercial que haga de él, ya que en realidad, usted estará facultado contractualmente a explotar el negocio por el plazo que le haya sido otorgado en el contrato de franquicia y sus renovaciones, si las hubiese.

En resumen: cuando se adquiere una franquicia, lo que se obtiene es la oportunidad de explotar una “fórmula de negocios” exitosa a cambio del pago de contraprestaciones (regalías), durante un plazo determinado.

MITO #3 “No quiero correr riesgos / Quiero el éxito asegurado”
El concepto “emprender” convive siempre con un factor de riesgo. Si una persona no comprende este principio de los negocios, no debería emprender. La franquicia puede ayudar a disminuir el riesgo de entrada a un negocio, pero no puede de ninguna forma asegurarle a sus franquiciatarios que tendrán éxito. Aquí la experiencia del franquiciante adquiere un enorme valor, entre mayor sea la experiencia del franquiciante en el negocio, y mayor crecimiento haya tenido mediante la instalación y operación exitosa de sucursales propias y/ó franquiciadas, será más segura para quienes quieran incorporarse a dicho sistema.

Tome también en cuenta la elevada tasa de fracaso empresarial aplicable para México, la cual es del 95% a 5 años, ya que, con base en datos publicados por la Secretaría de Economía (Programa nacional de franquicias), de cada 100 nuevos negocios independientes, al término de 5 años solo “sobreviven” 5. Entonces una regla muy válida para tener en cuenta al momento de decidir que franquicia adquirir , sería la de “cinco por dos”; ya que si una empresa franquiciante supera los 5 años de permanencia exitosa en el mercado, y además ha logrado instalar y operar también con éxito en 2 sucursales, puede decirse que cuenta con los elementos deseables de experiencia y crecimiento que permitan inferir al potencial Franquiciatario, que el negocio realmente lo es y que el franquiciante cuenta con la experiencia necesaria para ayudarlo a ingresar con mínimo riesgo en el negocio.

Aún cuando para efectos legales la antigüedad de la empresa que da origen al sistema de franquicias, no es un requisito; en términos prácticos, sobre todo al momento de evaluar el riesgo, es un factor determinante y fundamental. Tome en cuenta que hay quienes están franquiciando negocios con experiencia de apenas 2 ó 3 años y unas cuantas sucursales, por lo que el riesgo de estos sistemas de franquicias es muy grande.

MITO #4 “Ya no quiero trabajar”
La franquicia no es una fórmula mágica para hacer dinero, ni funciona por sí sola, requiere en la mayoría de los casos, la operación y/ó supervisión directa del Franquiciatario; a este concepto se le denomina comúnmente “Franquiciatario operador” ó “Franquiciatario supervisor” y participa activamente en la gestión del negocio, apegándose a estrictos estándares de calidad y procedimientos claramente definidos, dando cumplimiento a metas establecidas por el franquiciante, por lo que el Franquiciatario trabaja más (y mejor dirigido) que un emprendedor independiente.

Existen algunos sistemas de franquicias (realmente muy pocos) que aceptan la figura de “inversionista ausente”, en cuyo caso el Franquiciatario no participa de forma alguna en la gestión directa del negocio, la cual es subrogada al franquiciante. Analice cuál es la modalidad más adecuada a su disponibilidad.

MITO#5 “El franquiciante resolverá todos mis problemas”
En realidad el franquiciante transfiere su modelo de negocios a sus franquiciatarios, apoyado en capacitación inicial y manuales. Durante la vigencia de la franquicia, les orienta a través de servicios de Asistencia Técnica Continúa y supervisión constante. Cuando el Franquiciatario enfrenta un problema en la gestión de su franquicia, es en realidad el responsable directo de implementar la solución recomendada por el franquiciante. El franquiciante emite las recomendaciones e indicaciones y el Franquiciatario las ejecuta.

MITO #6 “Comparé la franquicia para aprender el negocio y luego independizarme”
La Ley de la Propiedad industrial vigente establece en su artículo 142 Bis 2; “El franquiciatario deberá guardar durante la vigencia del contrato y, una vez terminado éste, la confidencialidad sobre la información que tenga dicho carácter o de la que haya tenido conocimiento y que sean propiedad del franquiciante, así como de las operaciones y actividades celebradas al amparo del contrato”

Cuando se suscribe un contrato de franquicia que contiene un acuerdo de no competencia, éste se hace jurídicamente válido por el hecho de que al reproducir ó copiar el modelo de negocios que le fue transferido para efectos de la franquicia, necesariamente se puede inferir que se han revelado secretos, y por lo tanto violado acuerdos de confidencialidad, por lo que el franquiciante podrá ejercer las acciones civiles ó penales existentes, cobrando las penas convencionales pactadas en el contrato de franquicia y pudiendo promover la reposición del lucro cesante.

El marco jurídico de la franquicia en México, protege adecuadamente los derechos de propiedad intelectual del franquiciante, después de todo; no es justo que el franquiciante le transfiera su fórmula exitosa de negocios a una persona que tiene el dolo de usar la franquicia para convertirse en un competidor directo.

MITO #7 “Los contratos de franquicia son leoninos”

No siempre (aún cuando si los hay), el franquiciante puede y debe proteger los elementos más valiosos de su negocio y para ello en el contrato de franquicia se establecen las restricciones y las causales de incumplimiento grave de contrato. Se protege y penaliza el uso incorrecto de la marca ó marcas que pudieran desprestigiarlas, el incumplimiento en las obligaciones de pago por parte del Franquiciatario, la divulgación de secretos industriales y la competencia desleal, todo ello tendiente a mantener las ventajas competitivas en beneficio del franquiciante y de todos aquellos que participan y se benefician del sistema de franquicias.

El día 25 de enero de 2006, se publicaron importantes modificaciones a la Ley de la Propiedad Industrial, mediante las cuales se logró dar mayor equidad a los contratos de franquicia, estableciendo por ejemplo, que deben existir criterios para la evaluación mutua entre franquiciante y Franquiciatario (Art. 142 Bis fracción VII) y que deben constar por escrito los criterios y métodos aplicables a la determinación de los márgenes de utilidad y/o comisiones de los franquiciatarios ((Art. 142 Bis fracción V)

Una de las modificaciones más importantes, tiene que ver con la obligación de VERACIDAD en la información mostrada al potencial Franquiciatario en la Circular de Oferta de Franquicia (COF) ya que ahora la Ley de la Propiedad Industrial establece en el tercer párrafo del artículo 142; “La falta de veracidad en la información a que se refiere el párrafo anterior dará derecho al franquiciatario, además de exigir la nulidad del contrato, a demandar el pago de los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado por el incumplimiento. Este derecho podrá ejercerlo el franquiciatario durante un año a partir de la celebración del contrato. Después de transcurrido este plazo solo tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato”

Con esto se combate eficazmente las prácticas fraudulentas en las franquicias, ya que en caso de el Franquiciatario haya sido engañado con información falsa ó carente de sustento, éste podrá promover durante el primer año -contado a partir de la fecha de suscripción del contrato de franquicia- ; la nulidad del contrato de franquicia, el pago de daños y perjuicios, lo cual puede incluir la devolución ó bonificación de las inversiones realizadas.

MITO #8 “El requisito principal es tener el capital”

Tener el dinero necesario para la franquicia que desea adquirir, sólo es una parte de los requisitos; el potencial franquiciatario debe además reunir una serie de características personales que le permitan reproducir con éxito el modelo de negocios que le transferirá el franquiciante, debe contar con las habilidades, destrezas y competencias adecuadas al tipo de negocio que gestionará y operará como franquicia. La franquicia puede ser muy rentable y exitosa… en las manos del franquiciatario correcto, por ello el franquiciante establece un Perfil de Franquiciatario que considera todas las características personales que debe reunir la persona la pretenda adquirir. El contrato de franquicia se considera “intuito personae” porque es un tipo de contrato que se otorga en atención a las cualidades y aptitudes de una determinada persona.

Los sistemas de franquicias fallidos, en la mayoría de los casos, se deben a una nula ó mala selección de franquiciatarios, como si fuera “Intuitu pecuniæ”, que significa ‘en atención al dinero’. Se trata de contratos que se celebran en atención a la suma de dinero, la atención al capital aportado por uno de los contratantes es más importante que la calidad de la persona que lo aporta (lo contrario al caso cuando el contrato es intuitu personae) estas franquicias se expanden rápido, pero sobreviven por muy poco tiempo.

MITO #9 “Voy a manipular la entrevista”
El proceso de selección de franquiciatarios, es para mutuo beneficio. El franquiciante busca otorgarle franquicia a la persona correcta y el candidato a Franquiciatario debe ser sincero en todo el proceso, si se manipulan los exámenes ó entrevistas, probablemente obtendrá una franquicia para la cual no es usted la persona idónea y por lo tanto en la que no tendrá éxito.

MITO #10 “Compraré una franquicia que será patrimonio de mi familia”
Por todo lo anteriormente expuesto, ahora usted comprende que, dado que el negocio franquiciado le otorga el derecho de explotar una formula de negocios exitosa (no su propiedad, en el sentido estricto de la palabra) y que en todo caso le sería otorgada en virtud de sus características personales; la franquicia per se, no es patrimonio de su familia y tal vez no pueda dejarla como herencia (intuito personae), la franquicia en el mejor de los casos, será el instrumento que le permita formar su patrimonio y el legado para su familia.

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